14 de enero de 2011

SE VIENEN LAS PROHIBICIONES Y REGULACIONES.. EMPEZAMOS POR MADRID

Madrid prohíbe los peces carnívoros, los reptiles y los primates como animales de compañía.

imagen:  el guadarramista

R. Ávila/. A finales del pasado mes de noviembre, la Comunidad de Madrid presentaba el borrador del decreto por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos y de animales exóticos. Hasta el día 16 de diciembre, se establecía el periodo de alegaciones de una ley que no complace a todos los implicados en el asunto, ya que, explican por ejemplo, que una tortuga es un reptil y no significa que sea un animal peligroso.


El borrador del decreto presentado por la Comunidad de Madrid expone de manera detallada los animales que se incluyen, por sus especiales características en la ley, y que no podrán estar fuera de los espacios, instalaciones y establecimientos expresamente autorizados. La Comunidad limitaba hasta ahora su legislación en este sentido a los decretos que desarrollaban la ley estatal de diciembre de 1999, dedicada casi en exclusiva a los perros de razas potencialmente peligrosas.
Así, la nueva ley, prohibiría la tenencia de artrópodos, peces y anfibios; todas las especies cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo para la integridad física o la salud de las personas. Los reptiles; todas las especies venenosas, los cocodrilos y los caimanes, y todas aquellas especies que en estado adulto alcancen o superen los dos kilogramos de peso.
Y en cuanto los mamíferos; todos los primates, así como las especies silvestres que en estado adulto alcancen o superen los diez kilogramos de peso, salvo en el caso de las especies carnívoras cuyo límite estará en los cinco kilogramos.

Chips de identificación


La ley establece un registro central en el que deberán estar censados todos los ejemplares, y donde se integrará la información que ya existe de perros peligrosos, ampliada con los datos de las nuevas especies. Las personas propietarias, criadoras o tenedoras de animales potencialmente peligrosos tendrán la obligación de identificarlos mediante un microchip siempre que sus características lo permitan aunque podrá haber otro sistema. Las sanciones al respecto se establecen con una multa máxima de 15.000 euros.
Aquellas personas que posean animales potencialmente peligrosos incluidos en la nueva ley tendrán la obligación de acudir a su ayuntamiento en un plazo máximo de seis meses para que establezca qué hacer con cada ejemplar. Los consistorios pueden llegar a obligar al propietario a entregar al animal a un centro autorizado. Aún así, la ley definitiva todavía no está aprobada.

Fuente: El GUADARRAMISTA        10-01-2011
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